Cuando hablamos de una declaración o carta de derechos hablamos del reconocimiento de derechos y libertades ciudadanas, y su incorporación en un sistema jurídico particular. La historia nos ha enseñado que estas declaraciones han sido una herramienta fundamental para la construcción de los Estados Naciones y de la ciudadanía. Tenemos ejemplos como la Carta Magna de 1215 entre Rey Juan Sin Tierra y los obispos y barones de Inglaterra; la Carta de Derechos o Bill of Rights de 1776 de las colonias británicas en América; y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano producto de la Revolución Francesa en 1789. Estas declaraciones, además de ser las primeras manifestaciones que reconocen la necesidad de consagrar los derechos ciudadanos en el derecho positivo, tienen otra cosa en común: son abiertamente excluyentes con las mujeres.
No es un secreto que las mujeres han estado históricamente relegadas de los escenarios públicos. Incluso hoy, después de 200 años de República, las mujeres en Colombia encuentran un sin número de barreras para expresar sus ideas, participar en política y vivir libres de todo tipo de violencia. Ahora, imagínense lo que era para una mujer de la Nueva Granada vivir en un territorio política y económicamente construido por y para los hombres. Difícil ¿No?
Para la época los roles que las mujeres desempeñaron eran asociados al espacio privado; es decir, a las relaciones del hogar, el cuidado de los hijos, el cuidado de los enfermos, etc. No obstante, las guerras de independencia trajeron cambios importantes para sus vidas. Muchas mujeres participaron activamente de los conflictos: unas asumieron trabajos como cocineras, lavanderas, amantes de los soldados, mensajeras, e incluso participaron de actividades políticas y en la construcción de redes de información que fueron fundamentales para la causa independentista.
Hacia finales de la colonia, en la Nueva Granada, la diferenciación de género era tal que aun si las mujeres eran tan educadas como los hombres, ellas no podían compartir los mismos espacios que ellos tenían. Ejemplo de esto es la Quinta de Bolìvar, lugar de descanso del libertador, donde había dos cuartos para reuniones y discusiones políticas: el primero, destinado para él y sus amigos, mientras que el segundo estaba destinado a las discusiones de mujeres como Manuelita Sáenz. Se dice incluso que Sáenz estaba tan enterada de la realidad política del país, que aconsejaba a Bolívar en materias políticas y administrativas.
La posición del libertador frente al lugar de las mujeres en la causa independentista se puede apreciar en una carta escrita en agosto de 1826 a su hermana María Antonia, en la cual la incita a ocupar el lugar que por su naturaleza le era dado:
“Te aconsejo que no te mezcles en los negocios políticos, ni te adhieras, ni pongas a ningún partido. Deja marchar la opinión y las cosas aunque las creas contrarias a tu modo de pensar. Una mujer debe ser neutral en los negocios públicos. Su familia y sus deberes domésticos son sus primeras obligaciones. Una hermana mía debe observar una perfecta indiferencia en un país que está en estado de crisis peligrosa y donde se me ve como punto de reunión de opiniones”
Cuando en la Nueva Granada se tradujo del francés la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1794 por parte del prócer de la independencia, Antonio Nariño, tal y como en la original, la declaración no contemplaba a la mujer por ningún lado. A pesar de que había mujeres extraordinarias en el contexto, Nariño falló en adaptar la traducción y extenderla a todas las personas de la sociedad, incluidas las mujeres. Y es entendible, puesto que en estos contextos, tanto en Europa como en América, las mujeres no eran consideradas como ciudadanas, como sujetos de derecho. Las mujeres estaban condenadas a vivir bajo la tutela de sus padres, hermanos y esposos, limitando su capacidad de administración de su patrimonio, de participación en espacios políticos, y de sufragio.
Esto es extraño por parte del prócer debido a que su tratamiento con las mujeres era similar al de un hombre de siglos posteriores. En su famoso periódico, La Bagatela, Nariño publicó una extensa correspondencia con una mujer a quien llamaba “la Dama, su amiga”. En realidad, esta mujer no existía, era una estrategia que Nariño utilizaba para convencer a sus lectores sobre la precaria situación por la que pasaba la Nueva Granada. Lo interesante del caso es la elección del prócer de una mujer como su interlocutora, pues este la pintaba como una mujer cultísima: no era menos que una experta en literatura antigua y contemporánea, y tenía una exquisita forma de escribir, llena de metáforas y otros recursos literarios. Es probable que Nariño pensara que existieran mujeres así, o tan solo falló en ver que estas mujeres ya existían, solo que nunca llegó a tener un tratamiento con ellas que pueda ser registrado.
Para este tiempo, en Francia, se estaba desarrollando un movimiento en pro de los derechos de las mujeres y otros sujetos que eran relegados de la esfera pública y a quienes se les negaban sus derechos como ciudadanos. Una de las lideresas del movimiento fue Olympe de Gouges, cuyo nombre real era Marie Gouze, una escritora, dramaturga, abolicionista y feminista francesa, quien nutrió los conceptos de “libertad, igualdad y fraternidad”. Promovió la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y su reconocimiento en la esfera pública; muy a la vanguardia de su época, luchó por la libertad y la protección de los más débiles; promovió el amor libre; defendió el divorcio; denunció las injusticias presentes en el Antiguo Régimen; y alzó su voz buscando la transformación de la sociedad francesa. Impulsó la creación de un sistema de protección para las madres y los infantes, buscando que los hombres reconocieran la paternidad de aquellos hijos concebidos por fuera del matrimonio. En 1793 creó la “Sociedad de las Republicanas Revolucionarias” que convocó a mujeres francesas a la discusión política en diversos temas.
La lucha por la igualdad se concretó en 1791 año en el que escribió la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana como una paráfrasis de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano publicada el 26 de agosto de 1789. El preámbulo de la declaración reza lo siguiente:
“Considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han decidido exponer en una solemne declaración los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer, con el fin de que esta declaración, presente continuadamente en la mente de todo el cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y deberes; con el fin de que los actos de poder de las mujeres y los actos de poder de los hombres puedan ser comparados en cualquier momento con el objetivo de toda institución política, y sean más respetados; con el fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, basadas en lo sucesivo sobre principios sencillos e incontrovertibles, tiendan siempre hacia el mantenimiento de la Constitución, de las buenas costumbres y de la felicidad de todos” (Preámbulo).
Este fue entonces un llamado a la sociedad republicana a ampliar el horizonte de los derechos a las mujeres, reconociendo un estatus político que les permitiera participar de la formación de la Nación Francesa. Esta declaración incluye elementos como:
La Libertad
El derecho a la participación en la creación de normas por vía indirecta, es decir, con el ejercicio de una democracia representativa
La Igualdad formal de las mujeres ante la ley indicando que “Las mujeres obedecen exactamente igual que los hombres a esta ley rigurosa”
La Libertad de pensamiento
La contribución equitativa en tema de impuestos
La invalidez de las leyes si en su formación no participa la mayoría de la población
La tridivisión de poderes
Olympe de Gouges promovió la igualdad formal entre hombres y mujeres ante la ley, exigiendo de la Nación ejercer la misma autoridad que se tiene con los hombres. Su causa le causó la muerte el 3 de noviembre de 1973, año en el que fue guillotinada después de publicar una octavilla titulada Las Tres Urnas, en la cual solicitaba un plebiscito para que se eligiera cuál era el sistema de gobierno que debía imperar en Francia: monarquía constitucional, federación o centralismo.
Probablemente nuestro prócer Antonio Nariño no tuvo conocimiento de los trabajos de Olympe De Gouges, en tanto que no se encuentra registro de ello. Y aunque se reconoce que para la causa nariñista fue fundamental la participación de las mujeres, especialmente de aquellas que hacían parte de su familia - su esposa Magdalena y sus hijas Mercedes e Isabel-, dentro de su proyecto político no se concibió el reconocimiento de derechos para mujeres.
Tanto Nariño como de Gouges fueron personas revolucionarias para su época. Sus versiones e interpretaciones de lo que debe ser el reconocimiento de los derechos, contribuyeron a que un siglo después, estos fueran universalizados.
Quiero cerrar citando el epílogo de la declaración, como un llamado a toda la comunidad de la necesidad de comprender el papel de las mujeres en la historia colombiana, y reconocer las barreras que aún existen para que nosotras podamos ejercer nuestra ciudadanía plena.
“Mujer, despierta; el rebato de la razón se hace oír en todo el universo; reconoce tus derechos. El potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar rodeado de prejuicios, fanatismo, superstición y mentiras. La antorcha de la verdad ha disipado todas las nubes de la necedad y la usurpación. El hombre esclavo ha redoblado sus fuerzas y ha necesitado apelar a las tuyas para romper sus cadenas. Pero una vez en libertad, ha sido injusto con su compañera. ¡Oh, mujeres! ¡Mujeres! ¿Cuándo dejaréis de estar ciegas? ¿Qué ventajas habéis obtenido de la Revolución? Un desprecio más marcado, un desdén más visible... ¿Qué os queda entonces?. La convicción de las injusticias del hombre”.
Por último, hago un llamado a la importancia que es el estudio de la historia de los derechos de las mujeres, de la necesidad de releer la historia patria con los “lentes de género” reconociendo que la historia oficial fue escrita por hombres y para los hombres, y que el papel de las mujeres ha sido invisibilizado. Recuerden hombres y mujeres que lo personal es un asunto político, motivo por el cual nos debemos cuestionar nuestro papel en la sociedad, los privilegios que como hombres y mujeres tenemos y, a partir de ello, buscar la manera de contribuir a la creación de una sociedad que verdaderamente reconozca los derechos de todos y cada uno de sus ciudadanos….. y ciudadanas.
*Esta nota fue presentada en el marco de las actividades de la Corporación Sociedad Nariñista de Villa de Leyva, de la cual hago parte.
**María Mónica Parada Hernández
Abogada y estudiante de sociología.